Tuesday, January 8, 2013

RETENCIÓN DE VEHÍCULOS POR ACCIDENTE DE TRANSITO EN VENEZUELA Y PROCESO PARA RETIRALOS



Lo primero, según el artículo 57 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre (LTTT) vigente para el año 2.012: Todo conductor implicado en un accidente de tránsito deberá:

1.   Detener el vehículo, en el lugar del accidente.
2.   Cerciorarse si se han producido víctimas personales o daños a bienes públicos o privados como consecuencia del accidente y prestarle a las personas los debidos auxilios, procurando mantener el estado de las cosas.
3.   Avisar a la autoridad competente en todo caso; y
4.   Salvaguardar la fluidez y seguridad de la circulación e intercambiarse recíprocamente los datos de identificación de los vehículos y de las personas involucradas en el accidente y de ser posible de los testigos presenciales.
Lo dispuesto en los numerales 2 y 3 de este artículo se aplicará también a los testigos presenciales y otras personas que se hagan presentes en el sitio del accidente.
Pide ayuda de alguien de tu confianza preferiblemente que posea vehículo, sobretodo si se presentan daños al vehículo muy graves y que no puedas rodar para tu casa y si hubo lesionados o muertos. Así hayas salido ileso del choque, Mas adelante explico por qué.  

Al momento de llegar las autoridades
Tanto el Artículo 40 de la LTTT como el artículo 158 del Reglamento que rige la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre (RLTTT) indican que los conductores de vehículos de motor deberán portar:
1.   La licencia de conducir del grado correspondiente al vehículo conducido.
2.   El certificado médico vial expedido por el ente se salud gubernamental destinado para ello.
3.   El certificado psicológico, cuando les sea exigible, más que todo para las licencias de 4ta y 5ta.
4.   La cédula de identidad.
5.   El certificado de circulación, mejor conocido como carnet de circulación.
Yo agregaría a esto,
·     Copia del Registro de propiedad del vehículo.
·     Copia de factura de compra expedido por la concesionaria, en caso de que el vehículo sea comprado de agencia.
·     Copia del documento de compra-venta notariado en caso de ser comprado de segunda mano.
·     Copia de la póliza de R.C.V.
Si no tienes alguno de estos documentos, estas propenso a multas por infracción y a que no te entreguen el vehículo.

“Si hay lesionados ó fallecidos, es de ley que te retengan el vehículo”.
Según el numeral 4 del artículo 117 de la LTTT: Se procederá a la retención de los vehículos por parte de las autoridades competentes del tránsito y transporte terrestre, en sus respectivas circunscripciones, cuando se verifiquen los siguientes supuestos: (Numeral 4) “Cuando el vehículo se encuentre actualmente involucrado en accidentes de tránsito terrestre con personas lesionadas o fallecidas”.

¿Qué debes hacer si resultas ileso?
ü Guardar la calma.
ü Saca todas las cosas que estén dentro del vehículo que puedan “perderse” vía al estacionamiento de tránsito, aprovecha la ayuda de la persona de confianza a la que le pediste ayuda para que las guarde y lleve a tu domicilio.
ü No coloques tranca-palanca ni dejes activado el freno de mano.
ü Toma la dirección exacta del estacionamiento a donde llevan el vehículo.
ü Dale el switch del carro al gruero, es necesaria de hacer las improntas de los seriales tanto de motor como de carrocería, los cuales son indispensables para la experticias solicitadas por la fiscalía del ministerio público que llevará el caso.
ü No intentes sobornar a los fiscales de tránsito, ni tampoco aceptes que te extorsionen para no retenerte el vehículo, ya que es de estricto cumplimiento de Ley que se lleven el vehículo, y si aceptas un “cuadre” te arriesgas a que te quiten el dinero y coloquen en el informe que te diste a la fuga, se cubren las espaldas y se lavan las manos.  
ü Acompaña a los oficiales a presentarte en la comisaria o puesto policial de la circunscripción correspondiente para que dar parte judicial de lo sucedido. Te tendrán “detenido” de forma preventiva hasta que un fiscal del ministerio público que esté de guardia se dé por enterado del caso. Si colaboras en lo más mínimo con las autoridades, ni si quiera tendrán que esposarte ni meterte con los detenidos comunes. Tienes derecho a llamar a un abogado para que te asista si así lo deseas, a pesar que es un procedimiento rutinario.
ü Repito: COLABORA EN LO MÁS MINIMO CON LAS AUTORIDADES. No intentes sobornar ni permitas que te extorsionen, este es un proceso de Ley. OJO!! Nadie es culpable hasta que se demuestre lo contrario, ambas partes son víctimas hasta que las investigaciones determinen quien tuvo la responsabilidad o la falta.   
ü Tienes derecho a saber el número de la fiscalía que lleva el caso para luego introducir la solicitud de retiro de vehículo retenido en el estacionamiento de tránsito.

Pasadas 72 horas del accidente
Dirígete a la sede del Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transporte Terrestre (CVTTT) de la circunscripción correspondiente donde ocurrió el accidente para ponerte a derecho con la documentación tanto tuya como la del vehículo, con los originales y una copia de los siguientes recaudos:

·     Copia en una sola hoja de la cédula, la licencia y el certificado médico vial
·     Copia del Registro de propiedad del vehículo.
·     Copia de factura de compra expedido por la concesionaria, en caso de que el vehículo sea comprado de agencia.
·     Copia del documento de compra-venta notariado en caso de ser comprado de segunda mano.
·     Copia de la póliza de R.C.V.
·     Si eres lesionado, debes llevar una copia del informe médico forense expedido por el CICPC, donde expliquen las lesiones sufridas en el accidente. 
Documentacion de vehiculos en casos especiales Click aquí
Lleva dinero para pagar las planillas de solicitud de apertura de expediente, habilitación de la entrega de una copia del expediente y los aranceles para las experticias A la fecha (diciembre del 2012) son como Bs. 250,00.
Con esto, te dicen la fecha en la cual puedes ir a buscar la copia del expediente y cuando lo pasan a la fiscalía superior quien lo distribuye al  fiscal que sabe del caso.

Luego que el expediente pase a la fiscalía
Pide la planilla de Solicitud de Vehículos Retenidos y la entrega con los siguientes recaudos:
ORIGINAL Y UNA COPIA DE:
·       Cédula de identidad. 
·       Registro de propiedad del vehículo. 
·       Factura de compra expedido por la concesionaria, en caso de que el vehículo sea comprado de agencia.
·       Documento de compra-venta notariado en caso de ser comprado de segunda mano.
Se quedan con las copias de todo MAS EL ORIGINAL DEL REGISTRO DE PROPIEDAD DEL VEHICULO es lo único que les vas a dejar original, posteriormente te lo devuelven con la respuesta de la solicitud.
Asegurarte que el CTVTTT envíe las experticias con las improntas de los seriales del vehículo a la fiscalía que lleva el caso. Tal vez tengas que llevar tu mismo al mensajero a la fiscalía para agilizar la entrega. 
Luego, esperar a que el fiscal revise la solicitud y apruebe la salida. Mientras cumples con todo el proceso, trata en lo posible realizar visitas no predecibles al estacionamiento donde está el vehículo con una copia del título de propiedad, tienes derecho a ver en qué condiciones está el vehículo mientras esta en dicho estacionamiento.

Una vez aprobada la solicitud de retiro del vehículo
Dirígete al estacionamiento para que te den la cuenta de lo que debes por el tiempo que estuvo retenido el vehículo, más los servicios de grúa y todo eso.
ü Si ves que la suma no está ajustada a la realidad, tienes derecho a acudir al Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS) para que te saquen la cuenta de lo que debes cancelar según la ley. Con esto, ve al estacionamiento y lleva la cuenta de pago que te dan en el INDEPABIS y el dinero justo para el pago. Tienes derecho a denunciar el abuso en el cobro de este servicio ante el mencionado ente.
ü Hecho esto, debes estar preparado con las cosas que sacaste de tu vehículo y que sean necesarias para conducirlo o contratar una grúa para trasladar el vehículo hasta donde quieras llevarlo, en caso que no encienda.
NOTA: Si la fiscalía rechaza la solicitud, es porque el caso amerita una investigación mayor ó existe un recurso de nulidad de entrega del vehículo por la otra parte, a efectos de investigaciones. En ese caso tendrás que ajustarte a derecho y esperar el dictamen de un tribunal, ya eso sería otra cosa.